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domingo, 8 de abril de 2012

Cambios sobre el Orden Sagrado

Cambios sobre el Orden Sagrado


La legislación sobre el sacramento del orden experimentó considerables cambios respecto a la normativa anterior. Hoy se basa en la teología conciliar y en la legislación posconciliar. Entre los cambios más significativos está la abrogación de las órdenes menores y el establecimiento de los ministerios de lectorado y acolitado. Por otra parte, hay que señalar que la implementación de las normas canónicas están basadas en la teología actual, por lo cual, no entra en discusión sobre algunos problemas como son: la diferencia entre el episcopado y el presbiterado, y entre estos dos y el diaconado, que no es dado en orden al sacerdocio sino al ministerio (LG, 29), aunque siga siendo un grado del orden. Carta aspostólica en forma de Motu Proprio, Omnium in mentem 


ASI QUEDA EL CANÓN 1008:


“Mediante el sacramento del Orden, por institución divina, algunos de entre los fieles quedan constituidos ministros sagrados, al ser marcados con un carácter indeleble, y así son consagrados y destinados a servir, según el grado de cada uno, con nuevo y peculiar título al pueblo de Dios”.


Algunos elementos del sacramento del orden a tomar en cuenta: es de institución divina, por él quedan constituidos en ministros sagrados, es un sacramento que imprime carácter, los consagra y destina a apacentar al pueblo de Dios, desempeñando las funciones de enseñar, santificar y regir en la persona de Cristo cabeza (c. 1008). El orden tiene tres grados: episcopado, presbiterado y diaconado (c. 1009 § 1).

SE AUMENTA UN PÁRRAFO 3 (c. 1009): Aquellos que han sido constituidos en el orden del episcopado o del presbiterado reciben la misión y la facultad de actuar en la persona de Cristo cabeza, los diáconos en cambio son habilitados para servir al pueblo de Dios en la diaconía de la liturgia, de la palabra y de la caridad.


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