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martes, 14 de mayo de 2013

Misa con vísperas, Vísperas con Misa? Misa sin acto penitencial!


Por Luis Alva

Es común que en los seminarios  se comparta algunas horas del oficio con la Misa, mayormente es misa con laudes o misa con vísperas. Esta unión de algunas horas del oficio con la misa está prevista en la Ordenación General de la Liturgia de las Horas: “En casos particulares, cuando lo aconsejan las circunstancias, se puede llegar, en la celebración pública o común, a una unión más estrecha entre la Misa y una Hora del Oficio…” (OGLH 93). Esta unión, expresa en forma elocuente el nexo profundo que existe entre la eucaristía y la Liturgia de las Horas. Es una unión celebrativa que está prevista para casos particulares, no como una forma litúrgica habitual, cosa que en los seminarios la practicamos todos los días, así pasamos, lo particular a lo habitual. La OGLH señala como únicas condiciones para tal unión que la Misa y la Hora sean del mismo oficio litúrgico, y que ello no vaya en detrimento de la utilidad pastoral, «sobre todo en domingo» (93). Estas condiciones más o menos son cumplidas.

Ahora bien, la particularidad de esta unión es a la quiero llevar mi análisis. Debido a esta unión, se tiene “obligatoriamente” que omitir algo tan significante en la liturgia, me refiero al acto penitencial. El OGLH señala: “Después de la salmodia, omitido el rito penitencial, y según la oportunidad el Kyrie, se dice u omite según las rúbricas el Gloria y el celebrante recita la colecta de la Misa. Después se continúa con la liturgia de la Palabra, como de costumbre” (94). Esta forma de celebrar es la que comúnmente se sigue en los seminarios. Ciertamente el acto penitencial es simplemente uno de los ritos introductorios y no una verdadera parte de la Misa (OGMR 28), sin embargo, no deja de ser significante y fundamental en la celebración de la misa.

El acto penitencial no es un atrio de purificación antes de la Eucaristía, ni una celebración penitencial en miniatura, sino el reconocimiento comunitario de que la asamblea reunida para la Eucaristía es una asamblea de pecadores, convencidos de su fragilidad y miseria, pero abiertos al don de la misericordia, y decididos a perseverar en la lucha contra el mal a pesar de sus muchos fallos. El acto penitencial tiene el sentido de manifestar el sentimiento que tiene la Iglesia de ser comunidad de pecadores. Sirve para valorar la realidad del pecado, crecer en espíritu de penitencia, y considerar la misericordia de Dios. Y nosotros, los cristianos, antes que nada, «para celebrar dignamente estos sagrados misterios», debemos solicitar de Dios primero el perdón de nuestras culpas. Los que frecuentamos la eucaristía hemos de ser los más convencidos de esa condición nuestra de pecadores, que en la misa precisamente confesamos: «por mi gran culpa». Y por eso justamente, porque nos sabemos pecadores, por eso frecuentamos la eucaristía, y comenzamos su celebración con la más humilde petición de perdón a Dios. Y para recibir ese perdón, pedimos también «a Santa María, siempre Virgen, a los ángeles, a los santos y a vosotros, hermanos», que intercedan por nosotros. El acto penitencial, forma parte del Ordinario de la Misa y a nadie le es lícito omitirlo por iniciativa propia (SC 22.26) (salvo la “particularidad habitual” de nuestras celebraciones en los seminarios).

De esta divergencia quiero dar una breve sugerencia. Es de fundamental, que en el momento del acto penitencial se dé lugar a un momento de silencio, de oración personal para reconocer nuestras faltas y pecados, sobre todo, que en los seminarios (de ves en cuando) se diga a pesar ya de la salmodia recitada, para no “acostúmbrarnos” a pasar por alto este momento de perdón y de reconciliación. Es bueno por parte de los sacerdotes, variar las fórmulas, a fin de evitar la rutina y sugerir así expresiones distintas de la actitud penitencial.

Hay que tener en cuenta que, el rito penitencial culmina con una fórmula deprecativa, que no es una absolución sacramental (como es en el caso del Sacramento de la Reconciliación); sino que es una plegaria para implorar el perdón de los pecados en los que caemos muchas veces. Este acto penitencial de la misa es un “sacramental”, no se equipara con el sacramento de la Reconciliación, pero puede suscitar la contrición perfecta. No debemos olvidar que la más genuina tradición litúrgica es que nuestros pecados leves se perdonan escuchando de corazón la Palabra de Dios y participando en el banquete eucarístico, ya lo deja muy en claro la OGMR en el Nº 51 cuando nos dice que el rito del acto penitencial no tiene la eficacia propia del sacramento de la penitencia. Es decir, es la Misa en su conjunto celebrada y vivida, cuando son perdonados nuestros pecados menores.

Confrontar:

 López, J., Penitencia y Eucaristía. Cuestiones doctrinales y prácticas acerca de los usos actuales, Cuadernos Phase 25 (1990-1991) 43-66
Borobio, D., “¿Sacramento de la penitencia dentro de la celebración de la Eucaristía?”, Phase 28 (1988) 322-331.
Farnés, P., “Dominus vobiscum”, Liturgia y Espiritualidad 12 (1996).
Farnés, P., “El acto penitencial de la Misa”, Phase 28 (1988) 235-245.
Franquesa, A., “El acto penitencial en la Misa”, Phase 32 (1992) 63-70.


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